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Línea 01 Permisos y trámites · Concesión de aguas

Concesión de aguas superficiales y subterráneas

Para usar agua de un río, una quebrada, un pozo o un aljibe en procesos, riego o consumo necesitas una concesión otorgada por la autoridad ambiental.

La concesión fija cuánto caudal puedes captar, para qué uso y por cuánto tiempo, y trae obligaciones como el programa de uso eficiente del agua y el pago de la tasa por uso.

01¿Quién lo necesita?

  • Industrias que captan agua para procesos, lavado o enfriamiento.
  • Fincas y agroindustrias con riego o abrevaderos.
  • Proyectos y condominios con captación propia o pozo profundo.
  • Empresas cuya concesión está por vencer o necesitan más caudal.

02¿Qué pasa si no lo tienes?

  • Captar sin concesión es una infracción ambiental que puede llevar a medidas preventivas y multas.
  • Una concesión vencida deja la captación sin respaldo legal.
  • Usar más caudal del otorgado genera requerimientos en el seguimiento.

03Qué incluye nuestro servicio

  • Cálculo de la demanda de agua según el uso.
  • Identificación de la fuente y verificación de disponibilidad en la zona.
  • Formulario único de solicitud, planos y anexos.
  • Para aguas subterráneas: acompañamiento del permiso de exploración y de la prueba de bombeo cuando aplique.
  • Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua (PUEAA).
  • Radicación, visita técnica y respuesta a requerimientos.

04Cómo lo hacemos

  1. Fase 01

    Demanda

    Calculamos cuánta agua necesitas realmente.

  2. Fase 02

    Fuente

    Verificamos la fuente y la información de la zona.

  3. Fase 03

    Solicitud

    Preparamos formulario, planos y PUEAA.

  4. Fase 04

    Visita

    Acompañamos la visita ocular de la autoridad.

  5. Fase 05

    Resolución

    Revisamos caudal, vigencia y obligaciones otorgadas.

05Normativa aplicable

  • Decreto 1076 de 2015Decreto Único Reglamentario del sector ambiente: licencias, permisos, vertimientos, residuos peligrosos, DGA.
  • Ley 373 de 1997Programa de uso eficiente y ahorro del agua.
  • Decreto 1090 de 2018 y Resolución 1257 de 2018Reglamentación y contenido del PUEAA.

Normas citadas a 2026. Verificamos su vigencia en cada proyecto.

06Preguntas frecuentes

01¿Necesito concesión si tomo poca agua?

Los usos domésticos por ministerio de ley tienen reglas especiales, pero el uso en actividades económicas normalmente requiere concesión. Lo verificamos según tu caso y la autoridad de la zona.

02¿La concesión obliga a presentar el PUEAA?

Sí. Quien tiene concesión debe presentar y ejecutar un Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua con metas de reducción de pérdidas y ahorro.

Siguiente paso

¿Tienes este trámite en camino?

Cuéntanos en dos líneas qué necesitas y te respondemos con la ruta a seguir.